Nicolás Senderowicz
Abogado en Grupo Área | Madrid
05/06/2025

¿Por qué importa la Ley Orgánica 1/2025 en el ámbito laboral?

En un entorno laboral en constante transformación, la aprobación de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, supone un punto de inflexión para trabajadores, empleadores y profesionales del Derecho en España. Esta norma, publicada en el BOE el 3 de enero y con vigencia a partir del 3 de abril de 2025, persigue dos objetivos esenciales: optimizar la eficiencia del sistema judicial laboral y reforzar la protección de los derechos de los trabajadores.

A nivel práctico, estas reformas afectan desde la organización de los juzgados de lo social hasta aspectos sustantivos del Estatuto de los Trabajadores, pasando por mecanismos de resolución alternativa de conflictos y nuevos criterios para indemnizaciones por despido. Si eres empresario, responsable de Recursos Humanos o simplemente un trabajador interesado en conocer tus garantías, este artículo te ofrecerá una visión clara y concisa de los cambios más relevantes y cómo prepararte para ellos.


Contexto y objetivos de la Ley Orgánica 1/2025

La Ley Orgánica 1/2025 nace en un momento en que la carga de trabajo en los juzgados laborales resulta insostenible, con demoras que dificultan la protección efectiva de los derechos laborales. Por ello, el legislador ha marcado dos líneas maestras:

  1. Modernizar el proceso judicial laboral para dotarlo de mayor celeridad y flexibilidad, especialmente favoreciendo la oralidad y la presentación electrónica de las pruebas.
  2. Fortalecer la tutela de los trabajadores, haciendo más objetivas ciertas figuras del Estatuto de los Trabajadores (como el impago salarial o la nulidad de despido por conciliación), con el fin de evitar lagunas en la interpretación de la norma.(347asesores.com, aba-abogadas.com)

Las modificaciones no se centran únicamente en procedimientos, sino que introducen cambios sustantivos en derechos y garantías básicas, respondiendo a demandas históricas de sindicatos y asociaciones de empleadores. A continuación, profundizamos en cada uno de los grandes bloques de reformas.

Reformas procesales en la jurisdicción social

Transformación de los juzgados sociales en tribunales de instancia

Antes de la Ley 1/2025, los juzgados sociales eran unipersonales y estaban sobredimensionados. Con la nueva regulación, se:

  • Sustituye el modelo de juzgados unipersonales por tribunales de instancia, organizados en secciones específicas dedicadas a la materia social.
  • El objetivo es optimizar recursos e incrementar la especialización, distribuyendo la carga de trabajo entre varios magistrados y fomentando la uniformidad jurisprudencial.(347asesores.com, aba-abogadas.com)

Impulso de la oralidad y agilidad en las resoluciones

Una de las novedades más destacadas es el enfoque en la oralidad de los actos procesales:

  • Juicios más ágiles: Se facilita que las resoluciones se emitan y notifiquen de forma más inmediata, reduciendo los plazos de espera.
  • Conciliaciones previas:
    • Los Letrados de la Administración de Justicia (LAJ) pueden proponer de oficio la conciliación si consideran viable un acuerdo (art. 82 LRJS, modificado).
    • Se introduce la conciliación anticipada (a instancia de parte o del LAJ) que puede celebrarse a partir de los 10 días desde la admisión de la demanda, con un mínimo de 30 días antes del juicio.
  • Preparación de la prueba:
    • El plazo para solicitar diligencias de prueba aumenta de 5 a 10 días hábiles antes de la vista, lo que evita improvisaciones y facilita la presentación ordenada de documentación.(347asesores.com, aba-abogadas.com)

Digitalización y gestión electrónica de documentos

La obligatoriedad de LexNet y la presentación anticipada de pruebas son esenciales para reducir la dependencia de papel:

  • Presentación electrónica:
    • Toda la documentación debe subirse a la plataforma LexNet con, al menos, 10 días hábiles de antelación a la vista.
    • Las copias en papel quedan obsoletas: desaparece la obligación de aportar ejemplares impresos de demandas y documentos, contribuyendo a un procedimiento más ecológico y rápido.
  • Notificaciones electrónicas:
    • Se amplía el uso de notificaciones vía LexNet para todas las partes, favoreciendo la inmediatez y seguridad jurídica.

Este bloque de reformas persigue reducir la carga de trabajo de los juzgados, evitar retrasos innecesarios y adaptar el sistema a las nuevas tecnologías, sin perder las garantías procesales de trabajadores y empresas.(cincodias.elpais.com, 347asesores.com)

Cambios sustantivos en el Estatuto de los Trabajadores

Definición objetiva de impago o retraso salarial (art. 50 ET)

Hasta la entrada en vigor de la Ley 1/2025, los jueces debían interpretar qué se consideraba un “retraso grave” en el pago del salario. La reforma introduce un criterio objetivo y cuantificable:

“Se entenderá que hay retraso cuando se supere en quince días la fecha fijada para el abono del salario, concurriendo la causa cuando se adeuden al trabajador, en el período de un año, tres mensualidades completas de salario, aún no consecutivas; o cuando concurra retraso en el pago del salario durante seis meses, aún no consecutivos”.(aba-abogadas.com, asecasesoria.com)

Consecuencias prácticas:

  • Extinción voluntaria del contrato: El trabajador puede extinguir la relación laboral con derecho a indemnización por despido improcedente si concurren los supuestos anteriores.
  • Mayor seguridad jurídica: El criterio claro reduce la litigiosidad por ambigüedad, evitando interpretaciones dispares entre tribunales.

Protección reforzada de permisos y adaptaciones de jornada

Hasta ahora, existía cierta laguna en la protección de quienes solicitaban permisos para cuidado de familiares o adaptaciones de jornada. La Ley 1/2025 restaura la nulidad objetiva de despidos que afecten a:

  • Permisos por cuidado de familiares (art. 37.3.b ET).
  • Adaptaciones de jornada por conciliación familiar (art. 34.8 ET).

Con ello, se garantiza que cualquier despido —ya sea objetivo o disciplinario— sea nulo de pleno derecho cuando se produzca durante estas situaciones de conciliación, reforzando la igualdad y la corresponsabilidad.(aba-abogadas.com, cincodias.elpais.com)

Indemnizaciones por despido y aspectos fiscales

Nuevos criterios para exención en el IRPF de las indemnizaciones

La Ley introduce matices fiscales importantes:

  • Indemnizaciones negociadas en servicios administrativos (por ejemplo, SMAC):
    • Sí estarán exentas de IRPF, siempre que sean el resultado de un acuerdo previo a la vía judicial.
  • Indemnizaciones derivadas de pactos privados o convenios de empresa:
    • No gozarán de exención fiscal, generando la obligación de retener en nómina la parte correspondiente del IRPF.

Este cambio busca evitar simulaciones y garantizar que solo las indemnizaciones obtenidas mediante mecanismos oficiales de conciliación (con intervención administrativa) mantengan el privilegio fiscal.(asecasesoria.com, cincodias.elpais.com)

Criterios objetivos para valorar extinciones indemnizadas por impago

  • Impago recurrente:
    • Se establece que si en un año se acumulan tres mensualidades de salario adeudadas (aunque no sean consecutivas), el empleado puede solicitar la extinción indemnizada.
  • Retrasos reiterados:
    • Se considera retraso grave si el impago afecta a al menos 6 meses dentro de un año, aunque no sean continuos.

Estos criterios, ya señalados en el apartado anterior, permiten que el trabajador determine con claridad si puede interrumpir la relación laboral y exigir la indemnización por despido improcedente.(aba-abogadas.com, asecasesoria.com)

Fomento de la mediación y nuevas funciones de la Inspección de Trabajo

Potenciación de medios alternativos de resolución

Aunque la Ley Orgánica 1/2025 excluye expresamente las materias laborales de los medios alternativos obligatorios, sí anima al uso de:

  • Negociación asistida (Ley 9/2012 sobre mediación en asuntos civiles y mercantiles).
  • Mediación civil y mercantil:
    • En los conflictos laborales derivado de despidos u otras materias, aunque no obligatorios, pueden emplearse canales de mediación para descongestionar la vía judicial y alcanzar acuerdos más flexibles.

El impulso a la mediación se fundamenta en la idea de que, en muchos casos, es posible alcanzar soluciones que satisfagan a ambas partes sin llegar a un juicio, reduciendo tiempo y costes.(asesoriacoca.es, 347asesores.com)

Funciones ampliadas de la Inspección de Trabajo

A fin de dotar de mayor protagonismo a los inspectores en la gestión de conflictos:

  • Participación en actividades de resolución de conflictos:
    • Los inspectores podrán intervenir en negociaciones o mediaciones relativas a discrepancias laborales, siempre que no sean permanentes ni comprometan su función inspectora.
  • Exención del régimen general de incompatibilidades para este tipo de actividades, facilitando su colaboración interinstitucional.

Con ello, se pretende que la Inspección deje de ser únicamente un órgano sancionador y se convierta en un aliado preventivo, colaborando en la detección temprana de irregularidades y promoviendo acuerdos entre trabajador y empresa.(asesoriacoca.es, salaribera.com)

Implicaciones prácticas: ¿cómo adaptarse empleadores y trabajadores?

Para el empresario y el departamento de RR. HH.

  1. Revisión de los procedimientos internos:
    • Registro y control de pagos salariales: Garantizar que no se superen 15 días de retraso ni se acumulen impagos ilegales.
    • Protocolos de conciliación previa: Crear pautas claras para intentar negociar despidos y modificaciones de contrato antes de iniciar un juicio.
  2. Formación del personal:
    • Capacitar a los responsables de personal en los nuevos plazos de presentación de pruebas y requisitos de LexNet para evitar sanciones por incumplimiento procedural.
  3. Actualización de cláusulas y contratos:
    • Incluir menciones sobre el nuevo régimen de indemnizaciones y exenciones fiscales, para informar a los empleados sobre sus derechos.
    • Revisar cláusulas de confidencialidad y acuerdos de finiquito para ajustarlas al nuevo marco fiscal.

Para el trabajador y sus representantes sindicales

  1. Conocer los plazos y criterios de impago:
    • Si detectas retrasos salariales superiores a 15 días o impagos reiterados (3 mensualidades en un año o retraso acumulado de 6 meses), evalúa la extinción indemnizada de tu contrato.
  2. Protección ante despidos durante permisos:
    • Si disfrutas de un permiso para cuidado de familiares o adaptación de jornada, estás amparado por la nulidad objetiva. El despido será nulo y tendrás derecho a ser repuesto en tu puesto.
  3. Promoción de la mediación:
    • Antes de acudir al juzgado, valora la negociación asistida como vía para alcanzar un acuerdo en despidos o conflictos salariales. Puede ser más rápida y menos costosa.

Papel de los despachos de abogados y asesorías especializadas

  • La complejidad de los cambios obliga a contar con asesoría experta:
    • Para presentar demandas con todas las garantías procesales (especialmente en cuanto a plazos de prueba y requisitos de LexNet).
    • Para gestionar negociaciones previas a juicio a través de mediación o conciliación administrativa (SMAC).
  • Legalpin ofrece servicios como firma electrónica y envío de notificaciones certificadas por email o SMS, herramientas clave para garantizar la validez y oportunidad de comunicaciones en todo el proceso laboral.

El nuevo reto del ámbito laboral

La Ley Orgánica 1/2025 supone un cambio de paradigma en el ámbito laboral español. Desde la reorganización de los tribunales sociales hasta la definición precisa de impago salarial o la protección reforzada de quienes ejercen derechos de conciliación, el nuevo marco normativo busca un sistema más eficiente, tecnológico y protector de los trabajadores.

Para los empleadores, exige adaptar procesos internos y formar a los equipos de RR. HH.; para los trabajadores, invita a conocer sus nuevos derechos y valorar mecanismos alternativos de resolución de conflictos.

En Legalpin somos conscientes de la importancia de garantizar la seguridad y validez de todas las comunicaciones en el proceso laboral. Por ello, ofrecemos:

  • Firma electrónica avanzada para contratos y despidos.
  • Email certificado para notificaciones previas y posteriores al juicio.
  • SMS certificado para avisos urgentes o recordatorios de citas judiciales.

Si necesitas orientación legal o implementar soluciones tecnológicas para adaptarte a la Ley Orgánica 1/2025, no dudes en contactar con nuestros expertos. ¡Prepárate con Legalpin para afrontar los retos laborales de 2025!


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